Manuel Varela
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Análisis12 min de lectura

¿Por qué la UEFA ha llevado su pelea contra la FIFA a los tribunales estadounidenses?

La capital mundial del fútbol… ¿Estados Unidos?

Fútbol
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Tanto la UEFA como la FIFA tienen su sede en Suiza: la UEFA en Nyon y la FIFA en Zúrich. La denuncia penal que la UEFA dice que podría presentar contra Gianni Infantino se tramitaría en Suiza. Sin embargo, las primeras batallas del mayor conflicto de gobernanza del fútbol en una década se están librando en juzgados federales muy lejos de los Alpes: ¿en Miami, Nueva York y Denver?

La razón es un concepto familiar para muchos estadounidenses pero francamente desconcertante para los europeos. Se llama «discovery» y otorga a las partes de un pleito un enorme poder para indagar en los documentos internos, mensajes de texto, registros financieros e incluso historiales médicos de sus adversarios, así como de terceros, ya sean personas físicas o empresas.

Y aunque un europeo pueda pensar que semejante intromisión se limita a los estadounidenses cuando pleitean entre sí, una sola disposición de la legislación federal de EE. UU. —el artículo 28 U.S.C. § 1782— permite a las partes de procedimientos judiciales extranjeros acceder a la herramienta procesal más poderosa que se ha conocido jamás: el discovery estadounidense. Ningún otro sistema jurídico ofrece una herramienta comparable, y la UEFA la ha convertido en la pieza central de su lucha contra la FIFA.

En este artículo analizaremos por qué la UEFA ha iniciado su ofensiva contra la FIFA e Infantino en los tribunales de Estados Unidos y probablemente terminaremos preguntándonos por qué no hacen lo mismo más partes en pleitos y causas penales en España.

Conviene aclarar algo desde el principio. En Estados Unidos, la UEFA no ha presentado una demanda contra la FIFA. Ha presentado cuatro solicitudes al amparo del § 1782 ante tribunales federales, pidiéndoles que ordenen la práctica de discovery. Esa distinción no es un tecnicismo: es la clave de toda la historia. Todo indica que la UEFA se prepara para ir a la guerra en Suiza, pero sus preparativos se están llevando a cabo en Estados Unidos. Como muchos clubes de fútbol europeos, la UEFA y la FIFA están haciendo la pretemporada en Estados Unidos antes de volver a Europa. Pero en este caso no se trata solo de clubes que cobran primas de participación desorbitadas: es probable que esta «pretemporada» decida el resultado del combate final.

¿Por qué está molesta la UEFA?

La historia es de sobra conocida. El conflicto comenzó con el FIFA Forward Enterprise (FFE). El plan de Infantino consistía en trasladar los derechos comerciales de la FIFA a una filial y vender al menos el 20 % de ella por 4.200 millones de dólares a un grupo de inversores encabezado por Thrive Capital, la firma de Joshua Kushner. Kushner es hermano de Jared Kushner, yerno de Donald Trump y enviado voluntario a tiempo parcial a puntos calientes de la diplomacia. El plan se presentó el 28 de julio y fue ampliamente criticado. La FIFA e Infantino lo retiraron a los pocos días.

La UEFA amenazó con retirar a las selecciones europeas de las competiciones de la FIFA y, pese a la marcha atrás de la FIFA, el malestar persistió entre muchas federaciones, que llegaron a pedir la dimisión de Infantino.

La polémica no se apagó y, a finales de agosto, la UEFA acudió a tres tribunales federales estadounidenses. Las solicitudes piden la práctica de discovery frente a la FIFA y entidades vinculadas (en Miami); Joshua Kushner y su firma de capital riesgo (en Nueva York); y Greg Maffei, exconsejero delegado de Liberty Media (actual propietaria de la Fórmula 1), y una sociedad vinculada a él (en Denver).

La UEFA sostiene que el FFE se gestó en secreto, que eludió al Consejo de la FIFA —que, según la UEFA, tiene la competencia exclusiva sobre los derechos comerciales— y que infravaloró los activos de la FIFA en unos 20.000 millones de dólares, sin subasta ni valoración independiente. Los dirigentes de la UEFA dan a entender que, además de lo relativo al cumplimiento de sus funciones, Infantino podría haber participado en operaciones sospechosas con personas consideradas cercanas a la Administración Trump. Infantino niega haber actuado mal, y ni él ni la FIFA han sido acusados de delito alguno.

Entraremos en más detalle más adelante, pero conviene tener presente que la UEFA no ha presentado ninguna demanda civil ni denuncia o querella penal contra la FIFA o Infantino: ha presentado estas solicitudes de discovery en previsión de que pueda ejercitar dichas acciones en el futuro. La UEFA está utilizando el discovery estadounidense para investigar y preparar sus futuras reclamaciones. Dicho de otro modo, lo está utilizando para obtener precisamente las pruebas (suponiendo que existan) que necesitará para sostener con éxito su caso en Suiza.

¿Qué es el discovery y por qué tiene tanta importancia?

En el proceso civil estadounidense, el «discovery» es la fase que transcurre entre la presentación de la demanda y el juicio, en la que cada parte puede obligar a la contraria, y también a terceros, a entregar pruebas. Una parte puede exigir documentos, correos electrónicos, mensajes de texto y archivos electrónicos. Puede remitir preguntas por escrito que deben responderse bajo juramento. También puede tomar declaraciones («depositions»), que son sesiones grabadas en las que un testigo responde bajo juramento a las preguntas de los abogados de la contraparte, normalmente en una sala de reuniones y no ante un juez. Mentir en las respuestas —ya sean las escritas o las de la declaración— puede acarrear una acusación penal por perjurio. Y, en la mayoría de los casos, el testigo —sea un tercero o una de las partes del procedimiento— no puede negarse a responder.

El criterio sobre lo que puede pedirse es amplio: cualquier cosa pertinente para una pretensión o una defensa y proporcionada a las necesidades del caso, aunque no fuera en sí misma admisible en el juicio. A terceros ajenos al pleito, como bancos, socios comerciales, inversores, familiares e incluso testigos sin ningún interés en el asunto, se les puede notificar una citación («subpoena») y obligar a aportar documentos (tanto en papel como electrónicos) o a prestar declaración jurada. En resumen, cualquier persona o entidad que pueda tener información relevante está al alcance.

Películas como Erin Brockovich (con Julia Roberts) y Michael Clayton (con George Clooney) tienen escenas de abogados agotados revisando un almacén lleno de documentos hasta encontrar la proverbial aguja en el pajar: el papel clave que les hace ganar el pleito. En The Social Network, la película sobre la fundación de Facebook, partes esenciales de la historia se cuentan a través de las respuestas aburridas y desdeñosas de Mark Zuckerberg, interpretado por el actor Jesse Eisenberg, a las preguntas de los abogados de quienes lo habían demandado. Lo cierto es que las declaraciones rara vez son tan dramáticas como en el cine: es más probable que los testigos estén nerviosos que despectivos. Las declaraciones se graban, suelen celebrarse en la sala de reuniones de un despacho sin presencia de un juez y duran muchas horas. Y muchos casos se ganan o se pierden por lo que se dice en ellas.

Esto sorprende a la mayoría de las personas procedentes de países de derecho continental como España, Suiza, Francia o Alemania. (Estados Unidos es lo que se conoce como un país de common law, aunque su sistema de discovery es mucho más amplio que el de cualquier otro país que comparta esta tradición jurídica). En los países de derecho continental, la obtención de pruebas está dirigida en gran medida por el juez o el fiscal, las partes suelen aportar únicamente los documentos en los que deciden apoyarse y no existe el derecho a rebuscar en los archivos del adversario antes del juicio. En estos países, las partes deben contar prácticamente con las pruebas necesarias antes de interponer su demanda, lo que puede dificultar la prueba de las irregularidades, ya que normalmente es el acusado quien tiene en su poder las pruebas que demostrarían o desmentirían la acusación.

El sistema estadounidense, en cambio, pone la investigación en manos de los litigantes y sus abogados, partiendo de la idea de que la plena divulgación y la transparencia producen resultados más justos. Hay un dicho según el cual la luz del sol es el mejor desinfectante, y el razonamiento es que, si todas las partes tienen acceso a todas las pruebas, es más probable que el juicio termine con el resultado «correcto» o justo. Sus detractores lo consideran caro e invasivo, y es la razón por la que las empresas extranjeras suelen temer que las demanden en Estados Unidos.

En los últimos diez o quince años, el poder del discovery ha crecido de forma exponencial por la manera en que nos comunicamos. Comunicaciones que hace años habrían sido en persona o mediante una carta que acababa en la papelera se producen ahora por SMS, WhatsApp o correo electrónico. Borradores de documentos que se habrían perdido o destruido quedan ahora guardados para siempre en correos y en la nube. Como resultado, la tecnología nos permite volver al momento exacto en que algo ocurrió y asomarnos a la mente de sus protagonistas de un modo que no era posible hace veinte años. Y si después se puede utilizar solo lo que sirve para respaldar la propia teoría, es fácil imaginar cómo, en lugar de aportar transparencia, esta herramienta puede usarse para entorpecer un proceso judicial. En manos de un abogado hábil, se trata de una herramienta muy poderosa y quizá aterradora.

Hace más de cien años, un político de Boston de carácter dudoso llamado Martin Lomasney dijo: «Nunca escribas si puedes hablar; nunca hables si puedes asentir; nunca asientas si puedes guiñar un ojo». Lomasney, que recibió un disparo en la pierna por una disputa política, no estaba pensando en el discovery, que realmente no existía en su época. Pero hoy en día todos podemos pensar en algo que escribimos en un mensaje y que esperamos que nunca salga a la luz. La gente escribe en los chats, con toda naturalidad, cosas que jamás pondría por escrito en un papel ni diría en público.

El discovery convierte todos esos mensajes en pruebas permanentes, y eso es exactamente lo que busca la UEFA con sus solicitudes ante los tribunales federales: comunicaciones internas y pruebas para utilizarlas en acciones civiles y penales en Europa que, de otro modo, nunca estarían a su alcance. Cree que puede encontrar en Estados Unidos lo que probablemente no tiene, ni podrá obtener, en Suiza: comunicaciones internas y documentos de los participantes en el FFE que demuestren que sabían que estaban infringiendo las normas y que intentaban ocultar sus actos, por no hablar de pruebas de irregularidades financieras. Los abogados de la UEFA examinarán a fondo memorandos internos, documentos de la operación, correos electrónicos y mensajes de texto, y después tomarán declaraciones para obtener las pruebas que necesitan, pruebas que nunca podrían conseguir si se limitaran a un tribunal suizo.

¿Qué es el artículo 1782 y por qué Estados Unidos?

El artículo 1782 es una norma estadounidense que permite a un tribunal federal de distrito ordenar a una persona o entidad que resida o se encuentre en su circunscripción que preste declaración o aporte documentos «para su uso en un procedimiento ante un tribunal extranjero o internacional». Cualquier «persona interesada» en el extranjero puede solicitarlo, y el tribunal puede ordenar el discovery conforme a las Federal Rules of Civil Procedure (las normas federales de procedimiento civil). Dicho de otro modo, los extranjeros con litigios en el extranjero, reales o potenciales, pueden acceder al discovery estadounidense aunque en sus países de derecho continental estén limitados a las herramientas disponibles allí.

La ley se aprobó en la década de 1960 para modernizar el sistema tradicional, y tremendamente ineficiente, de las comisiones rogatorias, que se remonta al siglo XIX y que sigue existiendo hoy. El objetivo era mejorar la eficiencia y animar a otros países a adoptar el tipo de cooperación judicial transfronteriza que Estados Unidos esperaba promover con esta ley. El segundo motivo puede parecer ingenuo hoy, pero la ley sigue vigente.

Es un regalo poco habitual para los litigantes extranjeros. El artículo 1782 permite a un litigante extranjero utilizar las herramientas del discovery estadounidense sin tener un caso en un tribunal de EE. UU., ni siquiera en ningún tribunal: el solicitante puede acreditar que existe una acción legal en otro país que podría ejercitar en el futuro.

En este contexto, es fácil entender por qué la UEFA acudiría primero a los tribunales estadounidenses antes de presentar sus acciones penales en Suiza. Un apunte interesante: en Estados Unidos los particulares no pueden ejercer la acción penal; solo el Estado, a través de un fiscal, puede iniciar un procedimiento penal. La querella no existe. Aun así, los particulares que interpongan querellas en España podrían utilizar el artículo 1782 para obtener pruebas valiosas antes de presentarlas.

Algunos datos interesantes que aclaran el estado del conflicto:

Aún no hay procedimiento civil ni penal, y no importa. En 2004, el Tribunal Supremo de EE. UU. declaró que no es necesario que el procedimiento extranjero esté en curso, sino solo que esté «razonablemente previsto». La UEFA se limita a decir que está estudiando presentar una denuncia penal en Suiza. Conforme al § 1782, eso basta para obtener las pruebas ahora y decidir más adelante si acude a Suiza (o a otro lugar).

La norma abarca expresamente las investigaciones penales. Un tribunal estadounidense podría ordenar la entrega de documentos aunque el caso suizo nunca llegue a un juez. La vía penal también importa por otra razón. En 2022, el Tribunal Supremo declaró que el arbitraje privado no cuenta como tribunal extranjero. Los conflictos deportivos suelen acabar en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), un órgano privado, por lo que un procedimiento ante el TAS no habría dado acceso al discovery estadounidense. Un procedimiento penal suizo, sí. Y aunque el objetivo final de la UEFA sea una demanda civil, por ahora sostendrá que está contemplando un procedimiento penal.

Las pruebas están en Estados Unidos. La norma solo alcanza a las personas que residen o se encuentran en el distrito. La presencia de la FIFA en EE. UU. ha crecido en los últimos años: FIFA (Americas) Inc. y FWC2026 US Inc. tienen su sede en Florida. El inversor principal, Thrive Capital, está en Nueva York. Los documentos que con más probabilidad muestran cómo se concibió, valoró y aprobó el FFE están, convenientemente, al alcance de las citaciones estadounidenses.

En otros asuntos sin un vínculo tan evidente con EE. UU., el artículo 1782 puede ser igualmente importante, porque muchos registros bancarios están en Estados Unidos, muchos servidores informáticos se encuentran allí y a veces es posible localizar a testigos de paso por el país. Sí: a un testigo extranjero que esté de viaje en Estados Unidos se le puede notificar una citación y obligar a declarar bajo juramento o a entregar los documentos que tenga en su poder durante su estancia.

El discovery estadounidense es amplio. Como se ha indicado, el discovery conforme a las normas federales puede alcanzar correos electrónicos, mensajes, registros telefónicos y declaraciones juradas, incluso de terceros ajenos al pleito, como los inversores. El procedimiento suizo no ofrece nada comparable a un particular antes de que se abra un caso. La UEFA afirma que quiere saber cómo se estructuró y valoró la operación, que es exactamente lo que revelarían las comunicaciones internas.

¿Y ahora qué?

Sin el § 1782, las opciones de la UEFA habrían sido más lentas y más débiles. Podría haber presentado primero una denuncia en Suiza y esperar a que la fiscalía decidiera qué pruebas recabar, o haber llevado el conflicto al TAS, que no puede obligar a inversores estadounidenses a entregar sus correos, documentos y mensajes. La norma ha permitido a la UEFA invertir ese orden: reunir pruebas (controlando ese proceso) antes de comprometerse con un caso y con reglas mucho más amplias que las de Suiza.

Por eso dos asociaciones suizas están litigando en Miami. Estados Unidos no es el foro para el fondo del asunto: es el foro para las pruebas. Y si pensamos en otras investigaciones penales en España en las que entidades y asociaciones privadas son parte, cabe preguntarse si conocen esta herramienta y qué efecto podría tener en muchas de las causas españolas que hoy acaparan los medios.

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